ANUNCIO Y ALEGACIONES DE PLAZA DE POLICÍA LOCAL EN EL RUBIO.
OPOSICIÓN LIBRE PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE EL RUBIO .
RESOLUCION ALEGACIONES Y CALIFICACIONES DEL SUPUESTO PRACTICO.-
Se informa que el Tribunal Calificador, tras la sesión celebrada el día 21 de Julio de 2015 , en la que trató las alegaciones presentadas a las preguntas de la prueba del Supuesto Práctico y realizó las calificaciones correspondientes acordó:
1º. Dese s timar las alegaciones a las preguntas números 7, 8, 17 y 25 a 33 del Supuesto, según se describe en cuadro anexo y por los motivos que constan en este, siendo, por consiguiente y al no haber habido empate entre opositores, el número de 25, las preguntas a computar (una vez descontadas, como se resolvió e informó el mismo momento del examen, las preguntas números 1, 2, 3, 20, 21 y 23,
2 º. En cuanto a la evaluación, considerar que para la aprobación del Supuesto , es necesario obtener 13 preguntas acertadas netas (aciertos netos es igual a aciertos totales menos fallos, divididos entre 4), por lo que la nota asignada a cada opositor, se calcula de forma proporcional: 0 aciertos netos corresponde a 0 puntos; 13 aciertos netos corresponde a 5 puntos y 25 aciertos netos a 10 puntos.
4º. Otorgar las siguientes calificaciones del Supuesto:
Apellidos y Nombre | DNI | CALIFICACIÓN SUPUESTO PRACTICO |
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ALBA RANDO, RAFAEL | 74.846.422-Y | 2,71 |
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ALONSO RUBIO, ÁLVARO | 14.324.732-X | 3,75 |
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ÁLVAREZ GÁLVEZ, RAFAEL MARÍA | 14.614.557-N | 2,70 |
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ÁLVAREZ LLAMAS, SANTIAGO | 79.194.680-E | 1,66 |
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APARICIO BONILLA ALEJANDRO | 47.343.059-S | 3,54 |
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BARO VIRVES, RAQUEL | 44.055.821-B | 3,75 |
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BARRIOS OJEDA, RAFAEL ANTONIO | 47.203.840-C | 4,27 |
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BEJARANO MOLLEJA, FCO. JAVIER | 30.985.354-F | 3,20 |
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BLANCAT CASTILLA, DIEGO | 15.402.598-G | 3,54 |
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BOSANO TRONCOSO, PABLO | 28.616.874-K | 5,00 |
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CARVAJAL CABELLO, GRACIA MARÍA | 15.410.786-G | 2,60 |
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COSANO ARIZA, DOMINGO JESÚS | 50.615.655-S | 3,33 |
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DUARTE CARRASCO, SERGIO | 14.621.792-W | 4,17 |
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DUARTE SÁNCHEZ, MANUEL JESÚS | 30.234.297-S | 4,47 |
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FERNÁNDEZ GRANADO, FCO. JAVIER | 14.634.118-T | 3,22 |
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FUENTES TORIBIO, CARLOS | 53.345.454-J | 2,9 |
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GÁLVEZ BAENA, JESÚS | 14.618.189-X | 4,37 |
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GARCIA RAYA DANIEL | 30.961.272-Y | 3,22 |
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GARCÍA RUIZ, HUGO ALBERTO | 30.998.154-L | 1,87 |
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GONZÁLEZ OREA JOSÉ STEVEN | 15.412.499-S | 3,23 |
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GUERRERO DOMÍNGUEZ, SALVADOR | 74.924.574-G | 3,02 |
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LUNA LEBRÓN, JOSÉ LUIS | 14.615.977-Y | 3,75 |
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MARÍN CEJAS, JESÚS DAVID | 50.609.303-B | 3,33 |
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MAROTO CAZALILLA FRANCISCO | 78.685.567-Z | 3,54 |
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PAREJA GARRIDO, JESÚS | 26.977.046-R | 3,12 |
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PRIETO ORTEGA, PABLO JOSÉ | 53.272.084-Q | 3,96 |
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RAMÍREZ MOLINA, ANTONIO | 48.869.901-F | 5,31 |
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RODRÍGUEZ GÓMEZ, MARIO | 28.618.877-T | 5,21 |
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RODRÍGUEZ MORENO, JAVIER | 30.229.377-V | 6,67 |
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RODRÍGUEZ ROSADO, JOSÉ MARÍA | 15.410.481-K | 4,06 |
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ROMERO NOGAL, ALEJANDRO | 45.337.209-T | 5,42 |
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SÁNCHEZ MILLÁN, JAIME | 28.835.723-W | 4,37 |
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TRAVESEDO DOBARGANES, SERGIO | 28.810.561-W | 0,83 |
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VILLALOBOS ROMERO, ISMAEL | 44.051.126-P | 2,70 |
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5 º. Las calificaciones definitivas de los aspirantes que han superado las dos partes de la prueba de conocimientos (Cuestionario y Supuesto Práctico), una vez hallada la media, son las siguientes:
1º) Alejandro Romero Nogal DNI: 45.337.209-T 6,33 puntos
2º) Antonio Ramírez Molina DNI: 48.869.901-F 5,75 puntos
3º) Mario Rodríguez Gómez DNI: 28.618.877-T 5,54puntos
4º) Pablo Bosano Troncoso DNI: 28.616.874-K 5,22 puntos
6 º. Citar a los opositores relacionados en el punto anterior y que han obtenido una puntuación de 5 , 00 puntos o superior, para la realización de la tercera prueba: psicotécnica, el día 2 8 de Julio de 2015 , martes, a las 9 ,0 0 horas, en la Casa Consistorial del Ayuntamiento de El Rubio, sit a en c/ Beata 11, de El Rubio , debiendo presentarse con DNI, lápiz número dos, goma de borrar y sacapuntas.
El Rubio a 23 de julio de 2015.
EL SECRETARIO,
Fdo.: Francisco Prieto Roldán.
ANEXO
Preguntas alegadas | Alegantes | Fecha | Pretensión Fundamento legal | Resolución Fundamento legal
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7 | Sergio Duarte Carrasco (en su escrito dice pregunta 6 pero se refiere a la 7.
Ismael Villalobos Romero.
| 28/06/15
01/07/15 | Anulación. Por considerar que la respuesta d) también sería correcta.
Revisión, por considerar que la respuesta más correcta sería la c). | Desestimatoria, en ambos casos, por considerar que a la vista del enunciado de la pregunta, relacionada directamente con el supuesto redactado en la pregunta 6, se hacer referencia de forma clara y precisa a si habría que denunciar las infracciones que hayan podido cometer relativas a normas de circulación y, de los hechos relatados en el supuesto y la gravedad d los mismos, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1428/2003, el Policía Local debe denunciar al menos , por la infracción de dicho artículo. |
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8 | Antonio Ramírez Molina
| 29/06/15
| Anulación. Por considerar que no existe ninguna respuesta correcta, considerando el artículo 28 del Reglamento General de Circulación y el artículo 65 de la Ley sobre Tráfico. | Desestimatoria. Por considerar que el hecho de no mencionar los apartados c) y d), no supone incorrección en la respuesta a).
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17 | Sergio Duarte Carrrasco Antonio Ramírez Molina Alejandro Romero Nogal Santiago Alvarez LLamas Rafael A. Barrios Ojeda | 28/06/15 29/06/15 02/07/15 03/06/15 29/06/15
| Anulación. Argumentan que la respuesta correcta es la d) no la a), en base del artículo 153 del Código Penal. | Desestimatoria Por considerar que el artículo 153.1 del Código Penal establece que “el que por cualquier medio o procedimiento causare a otro, menoscabo psíquico o una lesión de menor gravedad de las previstas en el apartado 2 del artículo 147, o golpeare o maltratare de obra a otro, sin causarle lesión, cuando la ofendida sea o haya sido esposa o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aún sin convivencia o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos de la comunidad, de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte d armas, de un año y un día a tres años, así como, cuando el juez o tribunal lo estime adecuado al interés del menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección, inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento, hasta cinco años” Asimismo, el punto 3 de este artículo recoge que “las penas previstas en los apartados uno y dos se impondrán en su mitad superior cuando el delito común o en el domicilio de la víctima, o realice quebrantando una pena de las contempladas en el artículo 48 de este Código o una medida cautelar o de seguridad de la misma naturaleza”. Las respuestas a), b) y c) de esta pregunta se ajustaban a lo establecido en al artículo 153.1, pero sólo la opción a) se ajusta a lo expuesto en el artículo 153.3, aplicable a este caso concreto. Por ello se mantiene como correcta la opción a).
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25 a 33 | Sergio Duarte Carrrasco Antonio Ramírez Molina Alejandro Romero Nogal Santiago Alvarez LLamas Rafael A. Barrios Ojeda | 28/06/15 29/06/15 02/07/15 03/06/15 29/06/15 | Anulación preguntas 25 a 33. Por considerar que su materia no está incluida en el temario y las ordenanzas de El Rubio no están publicadas en web municipal. | Desestimatoria. Por considerar que la materia de ordenanzas se incluye en el tema 14 del Temario y el opositor debe conocer las ordenanzas del Ayuntamiento de El Rubio, no siendo preceptiva la publicación en la web municipal. |
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ANULACION DEL SUPUESTO PRACTICO COMPLETO | Sergio Duarte Carrrasco
| 28/06/15 | Anulación. Alega que no se recoge en las Bases que el Supuesto Practico sea tipo test, con penalización de respuestas incorrectas | Desestimatoria. Por considerar que la no especificación concreta en las Bases, de que el Supuesto Práctico no sea tipo test, posibilita al Tribunal, en al ámbito de su capacidad interpretativa de aquéllas, a establecer preguntas tipo test en el Supuesto, con el objetivo de conseguir una mayor objetividad e imparcialidad en el procedimiento. |
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El Rubio 23 de Julio de 2015