Subvenciones para actuaciones acogidas al Programa de adecuación funcional básica de viviendas del Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020, para el ejercicio 2018. AYUDAS PARA MEJORAR LA ACCESIBILIDAD DE VIVIENDAS PARA PERSONAS MAYORES Y/O CON DISCAPACIDAD

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Subvenciones para actuaciones acogidas al Programa de adecuación funcional básica de viviendas del Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020, para el ejercicio 2018. AYUDAS PARA MEJORAR LA ACCESIBILIDAD DE VIVIENDAS PARA PERSONAS MAYORES Y/O CON DISCAPACIDAD

17/05/2018

 

  Subvenciones para actuaciones acogidas al Programa de adecuación funcional básica de viviendas del

Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020, para el ejercicio 2018.

 

AYUDAS PARA MEJORAR LA ACCESIBILIDAD DE VIVIENDAS PARA PERSONAS

MAYORES Y/O CON DISCAPACIDAD

 

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Requisitos que deben reunir las personas solicitantes para la obtención de la subvención.

1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en estas bases reguladoras las personas que reúnan los siguientes requisitos:

 

a) Cumplir alguna de las siguientes condiciones:

 

         1.º Ser titular de la Tarjeta Andalucía-Junta Sesenta y cinco.

 

         2.º Tener reconocido un grado de discapacidad de, al menos, el 40 por ciento y movilidad reducida.

 

        3.º Tener reconocido un Grado de gran dependencia (Grado III).

 

b) Que los ingresos de la unidad familiar de la persona solicitante no superen 2,50 veces el IPREM, determinados según lo establecido en la Disposición adicional tercera del Decreto 141/2016, de 2 de agosto.

 

c) Residir de forma habitual y permanente en la vivienda objeto de la adecuación.

 

d) No haber obtenido otra ayuda para la adecuación funcional de la vivienda objeto de la actuación durante los tres años anteriores a la presentación de la solicitud.

 

e) No haber iniciado las obras de adecuación funcional de la vivienda antes de la fecha de presentación de la solicitud.

 

2. Los requisitos señalados en las letras a), b) y c) del apartado anterior, deberán mantenerse desde la presentación de la solicitud hasta la fecha de finalización del periodo de justificación.

 

Conceptos subvencionables.

1. Podrán ser objeto de financiación con cargo a este Programa, el coste de las obras de adecuación funcional básica de la vivienda donde resida la persona solicitante y, en su caso, la asistencia técnica que fuese preceptiva, cuando las mismas no se hayan iniciado con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud y contemplen alguna de las siguientes actuaciones:

 

a) Mejora de la seguridad y adecuación de la instalación de gas a la normativa vigente y a las necesidades funcionales de la persona solicitante, así como la dotación de elementos de fácil y segura manipulación.

 

b) Instalación de alumbrado conmutado en el dormitorio u otro espacio de la vivienda que así lo requiera para la utilización por la persona solicitante.

 

c) Mejora de la seguridad y adaptación de la instalación eléctrica a la normativa vigente y a las necesidades funcionales de la persona solicitante.

 

d) Adecuación del ancho de puerta así como la eliminación de otras barreras arquitectónicas.

 

e) En los cuartos de baño, instalación de suelo antideslizante, instalación de apoyos y asideros y adecuación de los sanitarios y griferías a las necesidades de la persona solicitante.

 

f) Colocación de pasamanos en pasillos.

 

g) Cualesquiera otras obras y elementos de similar naturaleza que contribuyan a la eficaz adecuación de la vivienda a las necesidades de la persona solicitante.

 

2. Se entenderá preceptiva la asistencia técnica cuando, para otorgar la correspondiente licencia, se exija por el Ayuntamiento proyecto técnico o documento suscrito por técnico competente.

 

¿Dónde puedo solicitar estasayudas?                             Plazo de presentación de solicitudes:

                                                                  Centro de Igualdad y Servicios Sociales                                   Hasta el 11 de Julio de 2018

                                                                            C/ Rafael Alberti,15-A